viernes, 30 de marzo de 2012

BOLETIN

Ordena el TEE al PRD le
tome protesta a consejero


La Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado (TEE), ordenó al Consejo Estatal y a la Comisión Nacional Electoral del Partido de la Revolución Democrática, dar respuesta por escrito a la solicitud que planteó Isaac Castañeda Flores, en la que demanda le sea tomada la protesta como consejero estatal electo de ese instituto político, y de no hacerlo en un plazo de 24 horas, se les aplicará una sanción equivalente a 500 salarios mínimos.
Además, los magistrados electorales ordenaron a la Comisión Nacional de Garantías del PRD, que dé respuesta a un recurso de inconformidad intrapartidario que promovió Abraham Rivera Delgado, en el que impugna los resultados consignados en el acta de cómputo estatal de fecha 26 de octubre del 2011, correspondiente a la elección de consejeros estatales de ese partido, al considerar que no atendió los agravios que planteó el actor en el recurso de inconformidad.
En la sesión de resolución celebrada este jueves, los magistrados resolvieron el juicio electoral ciudadano TEE/SSI/JEC/012/2012, que promovió Isaac Castañeda Flores, en su carácter de consejero estatal electo del PRD, en el que señaló que el Consejo Estatal y la Comisión Nacional Electoral del PRD, no han dado respuesta a un escrito que presentó el 26 de enero de este año, en el que solicita le sea tomada la protesta como consejero estatal por haber sido electo a la través de la acción afirmativa joven, en el proceso de selección que llevó a cabo el PRD.
En el estudio de este asunto, cuya ponencia estuvo a cargo del magistrado Jesús Villanueva Vega, los magistrados constataron que los dos órganos del PRD incurrieron en la omisión de resolver la petición, y a fin de restituirle plenamente en el ejercicio de sus derechos, ordenaron a los órganos responsables que en un plazo máximo de 24 horas contadas a partir de la notificación de la resolución, den por escrito a la parte actora la respuesta que corresponda a la petición que formuló.
En la resolución, los magistrados apercibieron a la autoridad responsable, que en caso de no cumplir la sentencia en el plazo concedido, se les impondrá una sanción de 500 salarios mínimos vigentes en Chilpancingo.
Los magistrados electorales también resolvieron el juicio electoral ciudadano TEE/SSI/JEC/014/2012, cuya ponencia corrió a cargo del magistrado Fernando Xochihua San Martín, en el que ordenaron a la Comisión Nacional de Garantías del PRD, que dé respuesta congruente al recurso de inconformidad que promovió Abraham Rivera Delgado, en el que impugna los resultados consignados en el acta de cómputo estatal de fecha 26 de octubre del 2011 correspondiente a la elección de consejeros estatales.
Lo anterior, obedece a que el órgano partidista de forma equivocada analizó actos distintos a los que reclamó el actor, con lo que el recurso de inconformidad, el acto impugnado, así como los agravios que planteó Abraham Rivera, no han sido materia de estudio por parte de la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática.
Por ello, los magistrados determinaron devolver el expediente con todos sus anexos a la Comisión Nacional de Garantías para que en un plazo no mayor de 72 horas contadas a partir de la notificación, resuelva la petición planteada por el actor en forma congruente en relación con los agravios que hizo valer, pues la sentencia que emitió el primero de febrero de 2012, al ser incongruente se torna contraria a los principios generales del derecho, y por lo mismo debe dejarse sin efecto.
En el mismo asunto, los magistrados desecharon los juicios electorales ciudadanos que promovieron Irineo Loya Flores y José Luis Ortiz Zúñiga, en los que impugnaron la misma resolución que dictó el citado órgano del Partido de la Revolución Democrática el primero de febrero de 2012, porque en su momento no impugnaron los resultados consignados en el acta de cómputo estatal correspondiente a la elección de consejeros estatales, que fue el acto que motivó el recurso de inconformidad.

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