martes, 20 de marzo de 2012

PRIMERA PLANA


Resuelve TEE volver
elegir dos comisarios


Por violar los procedimientos establecidos y los principios de certeza y legalidad, la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado (TEE), invalidó las elecciones de comisarios municipales efectuadas en las comunidades de Corral Falso y El Troncón, pertenecientes a los municipios de Ajuchitlán del Progreso y Tixtla, respectivamente, y ordenó a las autoridades municipales efectuar nuevos comicios acatando el procedimiento establecido.
En el Juicio Electoral Ciudadano TEE/SSI/JEC/012/2011, los ciudadanos Miguel Alonso Mendoza, Eulalio Rosales Martínez, J. Francisco Catalán Castro y Francisca Carachure Calles, impugnaron la resolución de fecha 7 de noviembre del 2011 que emitió el ayuntamiento de Ajuchitlán del Progreso, porque las autoridades municipales no dieron respuesta a un recurso de protesta que presentaron, en el que se inconforman porque la convocatoria para elegir al nuevo comisario de Corral Falso, fue emitida 2 días antes de las votaciones, y lo mismo pasó con la integración de la junta electoral, lo cual debió haber ocurrido con 8 días de anticipación como lo señala el procedimiento.
En la sentencia, los magistrados electorales señalaron que derivado de los autos que obran en el expediente, es ineludible la omisión en que incurrió el ayuntamiento de Ajuchitlán del Progreso, al dejar de dar respuesta al planteamiento de los inconformes, lo que se considera en dejarlos en un estado de indefensión jurídica que irroga perjuicio a su esfera de derechos políticos-electorales establecidos en la Constitución Política del estado y las leyes secundarias.
De acuerdo al estudio de las constancias que integran el expediente y del escrito de protesta identificado con la clave PECM/001/2011, así como de los expedientes TEE/SSI/JEC/002/2011 y TEE/SSI/JEC/004/2011, formados con motivo de los juicios electorales presentados ante el Tribunal Electoral, no existe constancia, acta u oficio que permita demostrar fehacientemente que la convocatoria para las elecciones de comisario fuera emitida por la autoridad competente, y que se haya integrado la junta electoral con 8 días de anticipación como lo establece el procedimiento.
Además, al utilizar los criterios de carácter aritmético o cuantitativo, se estableció que en Corral Falso hay en la lista nominal 2 mil 477 ciudadanos, de los cuales históricamente han sufragado mil 357, y el día de los comicios para comisario acudieron a las urnas mil 28, con lo que 329 personas que habitualmente tendrían la oportunidad de votar no lo hicieron.
Al considerar los magistrados que existe una diferencia de 88 votos entre los contendientes, frente a la diferencia que hay entre los votantes que tradicionalmente ejercen su derecho activo del voto, el Tribunal Electoral concluyó que las irregularidades existentes y acreditadas, resultaron determinantes para el resultado de la votación, y por ello declaró la invalidez de las votaciones en esa localidad celebradas el 26 de julio de 2011.
Asimismo, la Sala de Segunda Instancia revocó la constancia de mayoría otorgada a Alvaro Carachure Paulo como comisario municipal propietario de Corral Falso, y ordenó al ayuntamiento de Ajuchitlán del Progreso que realice la elección extraordinaria de comisario en la referida localidad, siguiendo los lineamientos establecidos en la sentencia.
Por otra parte, la Sala de Segunda Instancia del TEE declaró la invalidez de la elección de comisario municipal de la localidad de El Troncón del municipio de Tixtla, al resolver el Juicio Electoral Ciudadano TEE/SSI/JEC/011/2012, al confirmar que la Junta Electoral violó los derechos políticos-electorales de 21 ciudadanos a los que no les permitió votar, bajo el argumento de que sólo permitiría que lo hicieran quienes sufragaron el año pasado en el mismo tipo de elección.
Los magistrados determinaron anular la elección y revocar el acta de mayoría que declara electo como comisario de El Troncón a Pedro Santos Bartolo, al constatar también que el comisionado del ayuntamiento de Tixtla para auxiliar en la organización de las votaciones, Francisco Morales Gutiérrez, se extralimitó en sus funciones generando incertidumbre en el electorado, al obstaculizar el ejercicio del derecho al voto, intromisión que violó los principios de independencia, certeza y legalidad.
En la elección de comisario municipal de El Troncón celebrada el 5 de febrero de este año, ciudadanos se inconformaron porque no se les permitió votar, y porque hubo una intromisión del comisionado del ayuntamiento de Tixtla al asumir funciones que únicamente le correspondían a la junta electoral que fue integrada por la asamblea, la cual a su vez violó los derechos políticos electorales de 21 personas al no permitirles sufragar, bajo el argumento de que no participaron con su voto en la elección de comisario del año pasado y anteriores.
Ese incidente se registró luego de que simpatizantes del candidato Leonardo Salvador Crescencio, solicitaron a gritos la anulación de la elección, por lo que la junta electoral decidió cancelar los espacios de los listados que contenían la votación de los 2 candidatos, mientras que el comisionado del ayuntamiento de manera unilateral suspendió definitivamente la elección, aseguró el material y la documentación electoral, la cual se llevó a las oficinas del ayuntamiento de Tixtla.
Al incurrir en esa irregularidad, el comisionado del ayuntamiento de Tixtla violó los derechos electorales de votar a los ciudadanos, mientras que la junta electoral faltó a los principios de imparcialidad, certeza y legalidad, toda vez que como órgano ciudadano vigilante de la elección, debió crear las condiciones que aseguraran que el proceso se desarrollara conforme a las formalidades que reviste una elección de esa naturaleza, pero además violó el derecho de ciudadanos al no permitirles a través del voto, elegir a la autoridad que habrá de representarlos, y con ello dejó en duda la legalidad del proceso y la certeza de los resultados de la votación que hubiera obtenido cada candidato.
Por lo anterior, la Sala de Segunda Instancia declaró la invalidez de la elección, revocó el acta que declara como comisario electo a Pedro Santos Bartolo, y ordenó al ayuntamiento de Tixtla a que en un término de 48 horas contadas a partir de la notificación de la sentencia, emita una nueva convocatoria para elegir al comisario de El Troncón, y que dentro de un plazo de 15 días contados a partir de la publicación de la convocatoria lleve a cabo las votaciones.
Ante las irregularidades que han derivado de las elecciones de comisarios municipales, y la determinación que tomó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación vía resolución, de que el Tribunal Electoral del Estado debe conocer las controversias que de éstas emanan, el magistrado Jesús Villanueva consideró que es necesario que las elecciones de comisario salgan del control y de la organización de los ayuntamientos, es decir, que sean organizadas por un organismo imparcial que pudiera ser el Instituto Electoral del Estado, pero que esa es una tarea que le corresponde hacer al Poder Legislativo.
Recordó que el Tribunal Electoral ha encontrado un cúmulo de irregularidades en las elecciones de comisario, y que no obstante que no hay una norma que regule ese tipo de elecciones, ese cuerpo colegiado ha recurrido a los principios generales del derecho, a los principios de las nulidades, pero sobre todo a los principios que rigen las elecciones.
Consideró que las sentencias que ha emitido el órgano jurisdiccional por juicios derivados de elecciones de comisarios, están sembrando un precedente que finalmente se convierte en norma que es obligatoria para todos, y compartió las propuestas de sentencias porque fue violentado el ejercicio del voto «que es respaldado, garantizado y tutelado por la Constitución, y los usos y costumbres no pueden estar por encima de la Carta Magna».
A su vez, la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz dijo que es necesario que los ayuntamientos reciban capación de cómo se rige el sistema vecinal equiparable al sistema electoral constitucional, y que apliquen los reglamentos aprobados para las elecciones de comisarios municipales, porque de lo contrario la anulación de éstas por la comisión de irregularidades, meterá en constante confrontación a los habitantes de las localidades.
Por su parte, el magistrado Regino Hernández Trujillo dijo que es preocupante que existan irregularidades que han viciado los procesos electivos, y por consiguiente han quebrantado el sistema democrático de derecho que rige en México, por lo que consideró importante que a nivel municipal y vecinal se fomente la cultura de la legalidad, con el debido respeto a los principios que rigen a la materia electoral.
En su oportunidad, el magistrado Isaías Sánchez Nájera dijo que la violación a las formalidades del procedimiento, es lo que les permite determinar si se anula o no una elección de comisario, y que con las resoluciones se busca que en lo subsecuente se eviten ese tipo de anomalías, y que las elecciones se ajusten a los principios constitucionales, porque de otra manera continuarán prácticas no apegadas a derecho.
El magistrado Fernando Xochihua San Martín, expuso que las controversias derivadas de las elecciones para comisario, se deben en parte a que los ayuntamientos no se han ajustado a los principios constitucionales y a las reglas preestablecidas, y que ello ha dado lugar a la nulidad de la elección.

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