lunes, 2 de abril de 2012

NOTA

Partidos, actores políticos y
medios ajustarse a la ley:NC



El magistrado de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y ponente de la resolución que invalidó en diciembre del año pasado la elección de ayuntamiento de Morelia, Michoacán, Santiago Nieto Castillo, alertó que la violación a los principios constitucionales tienen consecuencias jurídicas, porque se atenta contra el instrumento más importante que tiene el país, que es la Constitución Política.
Lo anterior fue señalado por el magistrado electoral federal, al impartir la conferencia titulada «Causal de invalidez de elecciones por violación a los principios constitucionales, que fue organizada por el Tribunal Electoral del Estado (TEE), en el marco del programa de actividades diseñado para el fomento de la cultura jurídica-electoral, que se llevó a cabo en el auditorio «Sentimientos de la Nación» del TEE.
Ante magistrados y consejeros electorales; representantes de partidos políticos, y estudiantes del derecho electoral, señaló que partidos, actores políticos y medios de comunicación, tienen necesariamente que ajustarse al mandato de la Constitución Política del país, considerando que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resuelve todos los asuntos con base a los mandatos constitucionales y legales, «que son sometidos a nuestra protestad, siempre velando por el cumplimiento de las disposiciones constitucionales».
Destacó que en materia de justicia electoral, lo más grave que puede ocurrir es declarar la nulidad de una elección, aún cuando dentro del ámbito del derecho administrativo sancionador electoral, existe también la posibilidad de imponer multas, amonestaciones públicas a partidos políticos, a entidades públicas y a medios de comunicación, cuando han infringido las disposiciones constitucionales y legales.
Ante un auditorio repleto de profesionistas interesados en la materia electoral, el magistrado de la Sala Regional Toluca del TRIFE, dijo que si bien el Tribunal Electoral es un órgano creado para hacer valer y respetar el voto ciudadanos depositado en las urnas, y dirimir las controversias que se registren en los procesos electorales, también tiene la facultad de invalidar comicios cuando se comprueben violaciones graves a la norma suprema, en este casos a los principios constitucionales.
Destacó que nada debe estar por encima de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, «porque es la base con la cual se configura el resto del sistema jurídico mexicano, por lo que es responsabilidad de todos: partidos, gobierno, actores políticos, medios de comunicación, Iglesia e instituciones, velar por el cumplimiento de la Constitución».
Nieto Castillo resaltó que «todos debemos respetar la Constitución y las leyes porque es en beneficio de todos», y señaló que la madurez de los partidos políticos es importante, «se ha ido gestando año con año, tenemos instituciones partidistas sólidas, lo cual es buen ejemplo para que los ciudadanos ejerzan sus derechos políticos electorales, de afiliación y de asociación».
El magistrado federal Santiago Nieto Castillo, fue quien elaboró el proyecto de sentencia que dio lugar a la invalidez de la elección de ayuntamiento de Morelia, Michoacán, en diciembre del año pasado, porque consideró que hubo elementos violatorios a los principios constitucionales, como lo fue la contratación de espacios en medios de comunicación electrónicos que prohíbe la ley, y el logotipo del PRI en el calzoncillo del boxeador Juan Manuel Márquez en la pela que sostuvo con el filipino Mani Pacquiao, a unas horas de los comicios.
A manera de reflexión, el magistrado federal dijo que si el sentido de la sentencia hubiera sido otro, se hubiera mandando un mensaje a partidos y actores políticos de que no pasa nada si se violan los principios constitucionales.
Por su parte, el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado, Jesús Villanueva Vega, dijo que en el contexto de una competencia electoral cerrada, como la que se avecina en Guerrero, «es importante que la ciudadanía, los candidatos y los partidos políticos, conozcan lo que está permitido o prohibido por la ley, a efecto de no incurrir en conductas que puedan acarrear una sanción extrema como la invalidez de la elección por violación a los principios constitucionales, que redunda en perjuicio de la voluntad popular».
Villanueva Vega manifestó que «no basta que estos principios estén elevados a rango constitucional para que los actores políticos y partidos los acaten, sino que se requiere que los tribunales los hagan respetar a cabalidad».
El presidente del TEE señaló que la causal de invalidez de elecciones por violación a los principios constitucionales no es reciente.
Recordó que en la elección de gobernador de Tabasco del año 2000, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación creó la causal abstracta de nulidad de elección, que después por reforma constitucional del 2007 se intentó evitar que a través de la interpretación y aplicación de los principios constitucionales que rigen las elecciones democráticas, los tribunales tuvieran la facultad de anular las elecciones, «sin embargo, después de esa reforma, los tribunales han entrado al análisis y estudio de esta causal de nulidad».

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