jueves, 27 de septiembre de 2012

BOLETIN

Desecha TEPJF juicio
que promovió la LIX

 La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, desechó el Juicio de Revisión Constitucional que promovió la 59 Legislatura del estado, en contra de la resolución interlocutoria que emitió la juez séptima de Distrito en el juicio de amparo 1068/2012, mediante la cual se ordenó la suspensión del procedimiento de selección y designación de magistrados del Tribunal Electoral del Estado.
Con este fallo, sigue firme la suspensión definitiva del proceso de selección y designación de magistrados electorales que promovieron los magistrados Regino Hernández Trujillo e Isaías Sánchez Nájera, quienes en el recurso jurídico demandaron que se respete la garantía constitucional de permanencia como magistrados en el Tribunal Electoral del Estado, por haber sido ratificados en el cargo por un periodo más, y por haberse prolongado su nombramiento un año más.
El Juicio de Revisión Constitucional fue desechado por los magistrados electorales federales porque el Congreso del Estado no tiene legitimación activa para promoverlo, es decir, ese recurso jurídico sólo puede ser presentado por partidos políticos, no por ciudadanos, no por organismos electorales ni por el Congreso del estado, como es el caso que nos ocupa.
Con este fallo, la demanda de amparo que promovieron Regino Hernández Trujillo e Isaías Sánchez Nájera, actuales titulares de la Tercera y Quinta Salas Unitarias del TEE, respectivamente, sigue su cause y el fallo se dará en los tiempos procesales que establece la Ley de Amparo.
 Los dos magistrados electorales demandaron que se respete la garantía constitucional de permanencia en el cargo porque fueron ratificados y prorrogado su periodo por un año más.
La ley señala que quien sea ratificado adquiere la garantía constitucional de inamovilidad en el cargo.
La sentencia mediante la cual fue desechado el Juicio de Revisión Constitucional que promovió la 59 Legislatura, que por cierto el 12 de septiembre concluyó sus funciones, fue dictada por el magistrado Manuel González Oropeza de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial dela Federación.

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