jueves, 30 de abril de 2015

PRIMERA PLANA

Gana amparo contra cobro 
de cuotas una universitaria 


MÉXICO, DF.--Un juez federal amparó a una estudiante de Biología de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo que se opuso al cobro de cuotas de inscripción y reinscripción en la institución, a partir de agosto de 2014, con el argumento de que la implementación de pagos violaba su derecho humano al acceso a la educación gratuita, además el juzgador estableció que la falta de recursos de la institución educativa no justifica violentar la constitución de esa entidad, la cual garantiza expresamente que la educación media superior y superior es gratuita.

La estudiante de Biología, María de los Ángeles Cárdenas Almada se inconformó en contra del oficio del 21 de febrero de 2014, emitido por la Tesorería de la citada Universidad, que daba a conocer que a partir del ciclo escolar 2014, los estudiantes de las escuelas y facultades de dicha institución tenían que pagar cuota.
La quejosa demandó también al gobernador de la entidad por la omisión en que incurrió, al no incluir en el presupuesto de egresos 2014, recursos para que la Universidad de San Nicolás cumpliera con su obligación de impartir educación gratuita en los niveles medio superior y superior.
Además, demandó que las autoridades universitarias demostraran que los recursos recibidos hubieran sido “canalizados con la debida eficiencia” para hacer frente a su obligación de impartir educación pública y gratuita.
El juzgado le dio la razón a la quejosa y le eximió del pago de cuotas de inscripción hasta que culminara sus estudios de licenciatura.
Sin embargo, el rector y el tesorero de la Universidad se inconformaron con la resolución e interpusieron un recurso, con el argumento de que la gratuidad de la enseñanza establecida en la constitución de esa entidad era solo “un vocablo”, porque los servicios educativos no son gratuitos, “ya que son costeados por el pueblo”.
También sostuvieron que no era exigible la educación gratuita a nivel superior y medio superior, sin tomar en cuenta el estado financiero de la institución.
Por la trascendencia e importancia del tema, la primera sala de la SCJN reasumió su competencia y  analizará entre otros temas, que la constitución de Michoacán contempla la gratuidad de la enseñanza a nivel medio y superior, cuando la constitución federal no la prevé; la autonomía universitaria y la gratuidad de cuotas; y la obligación de los gobiernos de dotar de recursos suficientes a las universidades públicas.

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