jueves, 1 de junio de 2017

BOLETÍN

Reglamentan diputados
candidaturas comunes

Diputados locales aprobaron reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado para complementar la reglamentación de las candidaturas comunes y prorrogar la vigencia y elección del diputado migrante o binacional hasta el año 2021.
En un periodo extraordinario de dos sesiones, este miércoles, la Comisión de Justicia presentó un dictamen derivado de dos iniciativas de reforma a dicha Ley, propuestas por el diputado Eusebio González Rodríguez y la Junta de Coordinación Política, que tienen como objetivo
no sólo armonizar la legislación secundaria con los ordenamientos federales, sino mejorar y perfeccionar la democracia representativa con una mayor apertura ciudadana.
De esta manera, las reformas establecen que la Candidatura Común es la unión de dos o más partidos políticos, sin mediar coalición, para postular al mismo candidato, fórmulas o planillas, cumpliendo los requisitos de Ley.
Asimismo, que el registro y asignación del diputado migrante o binacional será aplicado a partir de la elección de diputados y ayuntamientos que se verificará en el año 2021.
También se establece que los partidos políticos tendrán derecho a postular candidaturas comunes para la elección de gobernador, diputados y miembros de los ayuntamientos, y para ello deberán suscribir una solicitud firmada por sus representantes y dirigentes, misma que presentarán para su registro ante el Instituto Electoral a más tardar 30 días antes del inicio del periodo de precampaña de la elección de que se trate.
Además, no se podrá participar en más del 33 por ciento de los municipios o distritos, tratándose de la elección de integrantes de ayuntamientos y diputados.
En relación a la solicitud de Candidatura Común, señala que deberá contener: nombre de los partidos políticos que la conforman y tipo de elección de que se trate; emblema de los partidos que la conforman; proporcionar por escrito al Instituto Electoral, una vez concluidos sus procesos internos, el nombre, apellidos, edad, lugar de nacimiento, domicilio, clave de credencial para votar y el consentimiento por escrito del candidato.
Se deberá también indicar las aportaciones en porcentajes de cada uno de los partidos políticos para gastos de la campaña, conforme a los topes de gastos determinados por el Consejo General, y para las elecciones de diputados y miembros de los ayuntamientos, determinar el partido político al que pertenecen los candidatos en caso de resultar electos.
En la misma sesión, los diputados también aprobaron las Leyes Orgánica del Tribunal Electoral del Estado y del Sistema de Medios de Impugnación en Materia  Electoral, con el propósito de fortalecer el sistema electoral guerrerense y consolidar un nuevo sistema de justicia electoral que sea pronta y expedita, que garantice la tutela judicial tanto a los partidos políticos y sus candidatos, como a la sociedad en general.

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