lunes, 13 de enero de 2020

COLUMNA

Gruñidos políticos
Carlos “El perro” Yáñez
La guerra sucia y la ética política
El pasado sábado tres de enero del 2020, el ejército de Estado Unidos, abrió la puerta a una nueva guerra en Medio Oriente, al  asesinar al general  Qasem Soleimani, uno de los enemigos estadounidenses más temidos en Oriente Medio, durante un bombardeo en el aeropuerto de Bagdad ordenado por Donal Trump.
El asesinato del ex jefe de la  fuerzas Qods de los Guardianes de la Revolución, y del número dos de las Fuerzas de Movilización Popular – coalición de paramilitares proiraníes integrados en el Estado Iraqui- Abu Mehdi al Muhandis,  generó reacciones de un nu
evo conflicto bélico de la región.
Acción que se ha tomado como distractor para evitar que se siga hablando del juicio político que afronta el presidente Trump. Pese la respuesta de Irán,  que lanzó decenas de misiles balísticos que impactaron a primera hora del miércoles 7, contra dos bases militares de Irak. El vienes de la misma semana Caen dos misiles cerca de Embajada de EU en Bagdad.
Guerrero no podía quedarse fuera de los distractores o guerra sucia, pero en el ámbito político.  El domingo 4 del 2020, Miguel Ángel López Sotelo, filtró en sus redes sociales  - Facebook y  WhatsApp- un informe difundido por el Instituto Nacional Electoral (INE) dando a conocer que 28 de los superdelegados que el gobierno federal de AMLO mantiene en los 32 estados del país, están sujetos a investigación y a sanciones por irregularidades en el manejo de recursos públicos, entre los que destaca el de Guerrero, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, por violación al Artículo 134 de la Constitución, por lo que podría ser inhabilitado para ser candidato o ejercer cargos públicos.
Dicho Informe, denominado “Responsables de Uso Indebido de Recursos Públicos y Promoción Personalizada y/o Desacato a las Medidas Cautelares Ordenadas por el INE, según sentencia SER-PSC-071/2019”, referido específicamente a irregularidades cometidas por los superdelegados nombrados personalmente por el presidente Manuel López Obrador, fue difundido vía internet en la página www.te.gob.mx/salareg/ejecutoria/sentencia/especializada/SRE-PSC-0071-2019.pdf, y complementada por la información vertida por el titular de la Secretaría de la Función Pública (SFP) en la Cámara de Diputados el 24/120/2019, sobre investigaciones hechas a la administración de los citados superdelegados.
De ese Informe destaca que a la fecha hay 10 superdelegados en proceso de investigación por personal de la SFP; 17 más enfrentan sanciones por desacatar las medidas cautelares que se les ordenaron por diversos asuntos en sus estados; mientras que 14 están sujetos a sanción por violar el Artículo 134 Constitucional. En este último caso se encuentra el de Guerrero, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, quien debido a las irregularidades que cometió en su cargo durante el 2019 “puede ser sujeto a que se le instruya un proceso especial sancionador”, y no se le permita participar en una contienda electoral si es inhabilitado, en el 2021 ni durante el término de al menos 10 años, del 2020 al 2030.
Lo cierto es que el ocho de agosto de dos mil diecinueve , el Partido de la Revolución Democrática (PRD) a través de su representante propietario ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral y dos integrantes de su Dirección Nacional Extraordinaria,  presentó una denuncia en contra de Andrés Manuel López Obrador, Presidente de la República; María Luisa Albores González, Titular de la Secretaría de Bienestar; Gabriel García Hernández, Coordinador General de Programas para el Desarrollo del Gobierno Federal; los Delegados Estatales y Coordinadores Regionales de Programas para el Desarrollo, así como de los denominados “Servidores de la Nación.
Lo anterior, derivado de que dichos servidores públicos implementaron una supuesta campaña, por medio de diversas acciones llevadas a cabo por conducto de los Servidores de la Nación y sus coordinadores, tales como el levantamiento de un censo y la distribución de programas sociales, mediante la cual, a través de la indumentaria y discursos que utilizan, promocionan el nombre y logros del Presidente Andrés Manuel López Obrador, toda vez que para el desarrollo de sus actividades portan chalecos, mochilas, gorras y gafetes, además de que visitan a las ciudadanas y ciudadanos en sus domicilios con el propósito de registrar a los posibles beneficiarios y entregar tarjetas bancarias relacionadas con dichos programas sociales, lo cual a su decir, se advierte también en múltiples publicaciones localizadas en diversas redes sociales.
En respuesta la Comisión de Quejas determinó, entre otras cosas, lo siguiente: “Se ordena a la Secretaría de Bienestar y al Coordinador General de Programas Integrales de Desarrollo, ambos del Gobierno de México, y vinculando a los Delegados y Subdelegados Estatales a que realicen las acciones necesarias, a efecto de que se notifique personalmente y de inmediato a los servidores públicos que realizan funciones de levantamiento de censos o entrega de los beneficios de programas sociales, este acuerdo de medida cautelar, precisando que deberán retirar de los sitios de Internet correspondientes (redes sociales Facebook, Twitter; Instagram; portales de internet oficiales, etcétera) las publicaciones materia de la presente determinación, así como de abstenerse de llevar a cabo publicaciones similares a las mencionadas, proporcionando en un término que no podrá exceder las cuarenta y ocho horas contadas a partir de la legal notificación del presente acuerdo, prueba de haber dado cumplimiento a la presente determinación.
Pero no conforme con la determinación de la Comisión de Quejas. El veintisiete de septiembre, el PRD presentó una nueva denuncia en contra de los mismos actores políticos y de quien resulte responsable.
Ya que desde la perspectiva del partido político quejoso, los citados denunciados supuestamente incumplieron con la medida cautelar decretada por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE mediante acuerdo ACQyD-INE-45/2019, en virtud de que no fueron eliminados los vínculos de internet materia de dicho pronunciamiento.
El mismo día, la autoridad instructora tuvo por recibido el escrito de queja y llevó a cabo el registro de la misma con la clave UT/SCG/PE/PRD/CG/114/2019, asimismo, reservó su admisión y ordenó la realización de diversas diligencias relacionadas con los hechos denunciados.
Tras varias sesiones de dimes y diretes entre quejosos y autoridades, el 27 de diciembre de 2019, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, emitió una Sentencia a través de la cual, por mayoría de votos, resolvió, el Procedimiento Especial Sancionador, dentro del expediente SER-PSC-71/201, interpuesto por el Partido de la Revolución Democrática, en contra del Titular del Poder Ejecutivo Federal y otros (Presidente de la Republica Andrés Manuel López Obrador, Delegados, Subdelegados y Coordinadores Estatales del Gobierno Federal, adscritos a la Secretaria del Bienestar, incluyendo el Estado de Guerrero, la siguiente resolución:
Es existente la inobservancia a lo dispuesto en el artículo 134 párrafos 7 y 8 de la Constitución Federal, atribuida a los Delegados Estatales de Programas para el Desarrollo señalados en el considerando
Es existente la inobservancia a lo dispuesto en el artículo 134 párrafo 8 de la Constitución Federal, atribuida a los Subdelegados Regionales de Programas para el Desarrollo y a los Servidores de la Nación señalados en el considerando QUINTO, inciso a) de la presente resolución.
Es inexistente la infracción relativa al incumplimiento de medidas cautelares, respecto al resto de los sujetos denunciados emplazados al presente procedimiento.
Es inexistente la infracción atribuida al partido político MORENA. Exonerando de todos los señalamientos, cargos o delitos al partido en el poder.
De lo anterior en lo que respecta a la actuación de los Delegados Estatales del Gobierno federal y subdelegados regionales, la Sala regional Resolvió, si bien es cierto, existe, la inobservancia a lo dispuesto en el artículo 134 párrafo 7 y 8 de la Constitución Federal, la misma autoridad en el séptimo punto resolutivo, establece que será el Órgano Interno de Control de la Secretaria del Bienestar, quien determine la Sanción Administrativa, aplicable al caso concreto, por lo cual en el caso del Estado de Guerrero tanto el Delegado
Federal, así como los Subdelegados, no se encuentran inhabilitados para participar en el proceso electoral, de igual manera, no tiene repercusión para el Partido Político Morena, dicho lo anterior esta resolución, está sujeta a impugnación ante la Sala Superior, ya que no establece, de manera clara y precisa la violación sustancial al precepto constitucional correspondiente al artículo 134, en sus párrafos séptimo y octavo.
Que queda claro que La guerra sucia utilizada en la política para desacreditar adversarios es tan antigua como controvertidos sus efectos dependiendo del tipo de señalamientos utilizados y la calidad de los destinatarios.
El cochinero que se utiliza para desacreditar y sus efectos no dependen de los avances sociales ni del grado de civilidad alcanzado en los diversos medios sociales y políticos donde se practica.
Tampoco del grado de desarrollo o progreso de las sociedades, mucho menos de los niveles educativos de los creadores… al contrario. Depende de la ya tan controvertida condición humana en la lucha por el poder, con los derivados de odio, envidias, pasiones, debilidades, intenciones y voluntades, encontradas en las biografías de los aspirantes a determinados cargos administrativos o de representación.
Dependen del tipo de información que los creadores e impulsores de la guerra sucia poseen y del grado de credibilidad percibido en aquellos segmentos de la sociedad a los que va destinada la “guerra sucia”.
Por lo general, los ataques se concentran en aquellos aspectos donde una mayor debilidad pudieran presentar los adversarios, previa y cuidadosamente estudiados por sus atacantes: cuestiones de sexo, vidas privadas, asuntos financieros, antecedentes académicos, estado de salud, litigios penales, corrupción, capacidades probadas y las pifias en el desempeño de responsabilidades si el sujeto de los ataques cuenta con algún antecedente de servicio, entre otras.
En la temporada previa a los procesos electorales los ataques se intensifican y buscan impactar principalmente en la opinión de la gente hacia los aspirantes en los sondeos y encuestas que se realizan en el gobierno, las empresas y los partidos políticos, para definir la viabilidad de los prospectos.
Así que para los enemigos políticos, posibles aspirantes a la candidatura al gobierno de Guerrero, de Morena o PRD que pretendieron complicarle su participación, les falló su estrategia perversa y maquiavela en contra de Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, ya que nada le impide participar en los comicios del 2021.
Pura especulación. ¿Será que quieren candidato a modo?
Ábranse piojos que ahí les va el peine!
www.desdeabajo.com.mx
 Síguenos también en Twitter:@acadesdeabajo y en Facebook: Desdeabajo Aca

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Muchas gracias por leer La Crónica, Vespertino de Chilpancingo, Realice su comentario.