Aprobó el Senado esta noche renuncia de Gertz


ACAXTLAHUACAN, PUE., 27 de Noviembre de 2025.—Luego de que se confirmara la renuncia de Alejandro Gertz Manero a la Fiscalía General de la República, ahora se perfila como sucesora Ernestina Godoy Ramos de 71 años de edad, actual Consejera Jurídica del Ejecutivo Federal, en tanto la noche de hoy el Senado de la República lanzó una convocatoria.
La noche de hoy trasciende que al menos hay unos 10 aspirantes, tras aprobar el Senado la renuncia oficial de Alejandro Gertz Manero, y para sustituirlo se ha lanzado la convocatoria y el Senado tiene hasta 40 días, pero también la ley establece que  podría elegirse dentro de una terna por decisión del titular del Poder Ejecutivo federal.
El saliente funcionario federal informó al Senado de la República que renuncia a la Fiscalía General de la República porque será nombrado embajador "en un país amigo"; de acuerdo con el procedimiento de ley, los legisladores deberán discutir si se trata de una causa grave y votar si la aceptan.
En tanto que fuentes gubernamentales informaron que la consejera jurídica, Ernestina Godoy Ramos, será la nueva encargada de la Fiscalía General de la República.  
La propuesta de ser embajador "me va a permitir la posibilidad de continuar sirviendo a mi país en una nueva tarea que me honra y que agradezco, ratificando así mi vocación pública de servicio de tan larga trayectoria", dice la carta.  
El fiscal general se "atrincheró" en su oficina, sin tomar llamadas ni recibir visitantes la tarde del jueves, mientras el Senado entraba en receso para procesar su salida del cargo. 
De acuerdo con información, dentro del gabinete de seguridad había quejas por el desempeño de Alejandro Gertz Manero; los titulares de Marina, Defensa y Secretaría de Seguridad Pública habían expresado a la presidencia su molestia por la falta de cooperación del fiscal y el uso sesgado de filtraciones que afectaban el desempeño de sus secretarías.
En la conferencia matutina, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo dijo que el coordinador de Morena en el Senado, Adán Augusto López, le entregó un documento relacionado con el desempeño del fiscal, pero no precisó qué decía. Prometió que el viernes daría a conocer el contenido, luego de consultarlo con abogados.
Alejandro Esquer, senador por Sonora y quien fue secretario particular del expresidente Andrés Manuel López Obrador, cabildeó con legisladores el apoyo a Gertz Manero, pese a que Adán Augusto López, coordinador de la mayoría empujaba la separación del funcionario.  
¿Cómo se remueve al titular de la FGR?
El fiscal general de la República sólo puede ser dejar su posición si renuncia por causas graves, y debe presenta la solicitud al Senado; o puede ser removido por el titular del Poder Ejecutivo
El artículo 24 de la Ley de la Fiscalía General de la República establece que el titular sólo podrá ser removido por la presidenta si incurre en alguna de las causas graves que contempla la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
 Entre esas conductas se encuentran cohecho, peculado, desvío de recursos, conflicto de interés, abuso de funciones, utilización indebida de información, entre otras.
O por cometer delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa como delincuencia organizada, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales y todos en los que se aplica prisión preventiva oficiosa.
El titular del Ejecutivo deberá demostrar ante el Senado la causa grave que motiva la remoción del titular de la Fiscalía e informar al Senado de la República, quien decidirá si objeta por el voto de la mayoría de los miembros presentes de la cámara
Si el Senado de la República no se pronuncia al respecto, se entenderá que no existe objeción.
El procedimiento para elegir nuevo fiscal
El nombramiento del fiscal general de la República recae en el Senado de la República, de acuerdo con el Artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos .
Estos son los puntos clave en el proceso:
•    El Senado dispone de 20 días para integrar y aprobar, por mayoría calificada, una lista de al menos diez candidatos, que debe remitir al Ejecutivo. Si no cumple, el Ejecutivo puede enviar directamente una terna y designar un fiscal provisional, quien incluso puede formar parte de esa terna.
•    El Ejecutivo tiene 10 días para seleccionar una terna de entre los 10 candidatos y devolverla al Senado. A partir de ahí, la Cámara Alta cuenta con 10 días para realizar comparecencias y elegir al fiscal mediante el voto de las dos terceras partes.
•    Si el Ejecutivo no envía la terna a tiempo, el Senado puede designar directamente al fiscal desde la lista original. Y si el Senado tampoco realiza la designación en los plazos previstos, el Ejecutivo queda facultado para nombrar al titular de la Fiscalía entre los perfiles de la lista o la terna.   
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