Palo de la SCJN contra Grupo Salinas pague 48 milmdp al SAT


𝘿𝙞𝙖𝙣𝙖 𝙇𝙖𝙨𝙩𝙞𝙧𝙞.CIUDAD DE MÉXICO-- De un tajo, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) “desplumaron” al empresario Ricardo Salinas Pliego, cuyas empresas, Grupo Elektra y TV Azteca, deberán pagar los créditos fiscales por más de 48 mil millones de pesos que tienen pendientes. 
Sin analizar el fondo de los asuntos, la Corte desechó los amparos directos en revisión que Grupo Salinas tramitó en contra de resoluciones de los tribunales colegiados que confirmaban la obligación de pagar los créditos fiscales que hasta ahora suman 48 mil 326 millones 817 mil 913.8 pesos, aproximadamente. 
Tal como fue propuesto desde el año 2024 por el ahora ministro en retiro Alberto Pérez Dayán y la ministra Yasmín Esquivel Mossa, los integrantes del Pleno decidieron desechar los amparos al considerar que no revisten el interés excepcional necesario para que el máximo tribunal los analice. 
“No debió admitirse el amparo directo en revisión, toda vez que a pesar de que esté involucrado un tema de constitucionalidad de normas generales, carece de excepcionalidad porque ya existen precedentes de esta Corte que resuelve las problemáticas que se encuentran planteadas”, explicó el ministro Arístides Guerrero al exponer uno de los proyectos en los que la Corte avaló el crédito de mil 306 millones 476 mil 349 pesos. 
Los fallos contrarios a Ricardo Salinas Pliego fueron realizados por los ministros Estela Ríos, Yasmín Esquivel, Arístides Guerrero, Irving Espinosa, Loretta Ortiz y el presidente de la Corte, Hugo Aguilar. 
En todos ellos, de una u otra forma, los ministros dieron cierre a todas las impugnaciones con las que Grupo Salinas mantuvo trabados los casos desde hace años. 
El 17 de marzo de 2025, Proceso informó que, como parte de la estrategia para evitar pagar los créditos fiscales, luego de conocer que los proyectos no le serían favorables, Grupo Elektra planteó impedimentos contra Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Margarita Ríos. 
Cada vez que esos impedimentos eran turnados a otro ministro, la empresa planteaba otros impedimentos más con lo que lograba retrasar más las resoluciones. 
La situación fue retomada durante la sesión de este jueves en la que, luego de desestimar uno de los impedimentos planteados contra las ministras Batres y Esquivel, Grupo Elektra fue multada con 70 Unidades de Medida de Actualización por retrasar el caso.  
“El derecho de recusar constituye una garantía del debido proceso y un instrumento legítimo para preservar la imparcialidad judicial. Sin embargo, su ejercicio debe ajustarse a la buena fe procesal y fundarse en elementos objetivos que justifiquen su procedencia. Cuando las recusaciones se utilizan de manera simultánea o estratégica para alterar el curso natural del procedimiento, pierden su función garante y se convierten en un obstáculo para la pronta impartición de justicia. 
“En el caso, la parte promovente presentó tres recusaciones de manera concurrente contra dos ministras y un ministro integrantes de la entonces Segunda Sala, en un momento en que ese órgano aún se encontraba en funciones. Esa estrategia procesal tuvo como efecto inmediato suspender la tramitación ordinaria del asunto y provocar la remisión de los impedimentos al conocimiento de la extinta Primera Sala, generando retraso en la sustanciación del juicio de amparo directo en revisión. La simultaneidad de las recusaciones, sin sustento probatorio suficiente y con alegatos reiterativos, evidencia una intención de prolongar artificialmente el procedimiento”, señala el fallo avalado por unanimidad en el Pleno. 
Incluso, el ministro presidente, Aguilar Ortiz hizo un recuento de todos los recursos e impedimentos tramitados en un solo amparo para dilatar la resolución de la Corte. 
“Este asunto, pues, como es del dominio público, fue ampliamente litigado, este en particular, se promovieron 28 recursos, 13 recursos de reclamación, 3 SEFAS (Solicitudes de Ejercicio de Facultad de Atracción), 10 impedimentos, 2 conflictos competenciales”, comentó el ministro presidente. 
Contra las sentencias de la Corte, Grupo Salinas ya no puede tramitar otro recurso, por lo que una vez que sean notificadas formalmente a las empresas y a la Secretaría de Hacienda, ésta podrá ejecutar los cobros. (𝘱𝘳𝘰𝘤𝘦𝘴𝘰.𝘤𝘰𝘮.𝘮𝘹)

#𝘝𝘢𝘮𝘰𝘴𝘔𝘢𝘭𝘺𝘝𝘢𝘮𝘰𝘴𝘈𝘪𝘳𝘗𝘦𝘰𝘳.

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