miércoles, 31 de agosto de 2011

COLUMNA


Resquicio Político
Hipólito Marbán
LEY DE AMPARO CONTRA LA IGNORANCIA DEL GOBERNANTE
Los jurisconsultos, siempre se han quejado de los remiendos que cada sexenio tiene la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, leyes nacidas a complacencia del Ejecutivo en turno, bajo la complicidad de legisladores leguleyos, dejando lagunas tan anchas, que lejos de beneficiar al gobernante o al justiciable, se convierten en leyes injustas, sin embargo quiérase o no reconocer, en medio
de la turbulencia violenta que azota al País, los intereses mezquinos de los grupos regionales de poder político, que se niegan a perder su parcela o a democratizarse realmente, tanto en el ámbito económico, social, cultural, FELIPE CALDERON HINOJOSA, de profesión abogado, hoy aboga por las reformas a la Ley de Amparo, porque recordemos, que una Ley dogmática, no es ley si no existe otra que respalde su derecho objetivo.La nueva Ley de Amparo aún no se cuece, porque se encuentra en la raíz de las comisiones legislativas, no sé si, está estancada por falta de negociaciones obscuras a espaldas del disque representado, o se encuentra en un análisis profundo por parte de connotados científicos del derecho, porque con la nueva reforma que derivo del artículo primero constitucional, que obliga a toda autoridad sin excepción, debe de respetar las garantías humanas, que emanen de ella y de los tratados con el que el Estado Mexicano suscriba a favor del gobernado, ósea que dicho mandato ya no solamente es Nacional ni constitucional, sino más bien es un mandante internacional, para cualquier mandatario, llámesele Municipal, Estatal y/o Federal. La reforma a la Ley de Amparo, debe de realizarse, para que el mandato internacional y federal, se cumpla, para aquellas autoridades ignorantes del derecho positivo, que ya no quedará en una recomendación humana, como solía existir antes de la reforma al artículo primero constitucional, que de derechos humanos se reafirma constitucionalmente como garantías humanas, derechos que conlleva al irrestricto respeto a todo humano, sin importar, credo, raza, político y/o condición social. Con el estudio concienzudo de los artículos 1, 17 y 107, constitucionales, derivaran de una adecuada defensa del gobernado en cuanto a sus derechos humanos, que sin lugar a dudas se cumplirá el clamor ciudadano, de que el gobernante y funcionario público, se convierta en justiciable, ante la omisión, desinterés y/o ignorancia de estos derechos humanos, leyes que el presidente en turno FELIPE CALDERON, busca no dejar en estado a indefensión a los más de cien millones de Mexicanos, osea pues, en pocas palabras el mandatario llámese municipal, estatal o federal, podrá ir a prisión, ya no serán casos aislados, y por consiguiente el fuero constitucional, será limitado, y únicamente dicho fuero protegerá al gobernante exclusivamente para que se manifieste, sin que por ello sea sancionado, pero por delitos del orden, común, federal, omisión en el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales, por desconocimiento de la Ley, y sobre todo violación a los derechos humanos, por cualquier índole de su causa, el gobernante y/o funcionario en turno, será enjuiciado y llevado a prisión.Aunque para muchos que nos dedicamos a la postulancia, no es novedad, las bondades que hoy se enumeran de la constitución, porque existen criterios transformados en doctrina jurisprudencial, para los conocedores del derecho subjetivo, pero toman su plena relevancia, para su pronta y directa aplicación en contra del arbitrio e ignorancia del servidor público, cualquiera que sea su posición. Y aún más para que el juzgador, en sus actuaciones definitivas no sean mecánicos y repetitivos, que dichas sentencias se conviertan en un acto creador de la verdad legal, fundado y bien motivado, con estricto apego a los derechos humanos de todo gobernado y justiciable… veremos dudas y comentarios al resquiciopoltico@hotmail.com

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