miércoles, 25 de abril de 2012

COLUMNA

Que los partidos políticos
 respeten la legalidad:JVV

El presidente de la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado (TEE), Jesús Villanueva Vega, hizo un llamado a los partidos políticos para que respeten la legalidad, y destacó que ese cuerpo colegiado agotará todos los mecanismos para que se acaten a cabalidad las sentencia que emita ese cuerpo colegiado.

Lo expresado por el magistrado electoral, obedece a la inejecución de sentencias en que han incurrido algunos partidos políticos que participan en el proceso electoral de ayuntamientos y diputados, y por omisiones para resolver recursos de inconformidad que sus militantes han presentado ante los órganos de justicia partidaria, y para la selección de candidatos a puestos de elección popular.
En la sesión de resolución celebrada este martes, el magistrado presidente del TEE señaló que si bien el artículo 41 de la Constitución Política Federal da a los partidos políticos un margen de decisión para su funcionalidad interna, a efecto de que definan a sus candidatos dentro del proceso de selección interna de acuerdo a sus estatutos con el método que decidan, y para que resuelvan sus controversias, éstos no son soberanos ni autónomos, sino que están sujetos a la jurisdicción del Tribunal Electoral del Estado.
 Villanueva Vega hizo un llamado respetuoso a los partidos políticos para que respeten la legalidad, «y por su parte el Tribunal agotará todos los mecanismos que prevé la ley, a efecto de que se acaten a cabalidad las sentencias que emita la Sala de Segunda Instancia».
Al resolver el juicio electoral ciudadano 022/2012, los magistrados de la Sala de Segunda Instancia impusieron a la Comisión Estatal de Procesos Internos del PRI, una multa de 500 salarios mínimos vigente en Chilpancingo, equivalente a 29 mil 540 pesos, por no dar cumplimiento a los acuerdos de fecha 3 y 12 de abril, relativos a un recurso de inconformidad que presentaron los priístas taxqueños Flor Añorve Ocampo y Antonio Ortega Figueroa, y le dio un plazo de 72 horas contadas a partir de la notificación para que con plenitud de jurisdicción, tramite y resuelva el medio de impugnación intrapartidario.
En la resolución del juicio electoral ciudadano marcado con el número 024/2012, los magistrados no admitieron la solicitud que presentó María de los Angeles Peña Giles y Rubén Trujillo Peña, para estudiar vía per saltum un medio de impugnación que promovieron en contra de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del PRI, y lo reencauzaron para su resolución en sede intrapartidista, como juicio para la protección de los derechos partidarios del militante.
Dieron a la citada comisión intrapartidista un plazo de 72 horas contadas a partir de la notificación del fallo, para que emita la resolución que corresponda respecto del juicio para la protección de los derechos partidarios del militante que le fue reencauzado; le ordenaron que a las 12 horas siguientes notifique al Tribunal su cumplimiento, y que notifique a los enjuiciantes el fallo que conforme a derecho dicte, con la advertencia de que si no cumple, se le impondrá una multa equivalente a 500 salarios mínimos vigente en la capital del estado.
Los magistrados resolvieron el juicio electoral ciudadano marcado con el número 028/2012, en cuya sentencia ordenaron a la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del PRI, que en un término no mayor de 72 horas contadas al día siguiente de la notificación, que resuelva con plenitud de jurisdicción un recurso de inconformidad que interpuso el priísta Marcelo Tecolapa Tixteco, debiendo notificarle a éste la resolución que emita, y dentro de las 24 horas siguientes informe a la Sala de Segunda Instancia el cumplimiento de la resolución.
Al resolver el juicio electoral ciudadano marcado con el número 029/2012, los magistrados no admitieron resolver vía per saltum, el juicio electoral ciudadano promovido por Flor Añorve Ocampo y Antonio Ortega Figueroa, y determinaron reencausar ese medio de impugnación ante la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional.
Dieron un plazo de 72 horas para que emita la resolución que corresponda que concluya el asunto que se le reencauza, y que dentro de las 24 horas siguientes la notifique a los enjuiciantes e informe al Tribunal el cumplimiento de la sentencia.
 Los magistrados electorales resolvieron el juicio electoral ciudadano marcado con la clave 031/2012, promovido por Wilibaldo Valente Pastor y José Luis Carvajal Romero, en contra de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del Comité Directivo Estatal del PRI.
En la sentencia ordenaron al referido órgano intrapartidario que en un plazo de 72 horas emita la resolución que en estricto derecho proceda en el recurso de inconformidad promovido por los actores, a quienes deberá notificar el fallo que corresponda dentro de las 24 horas siguientes, y en el mismo plazo deberá informar al Tribunal el cumplimiento de la sentencia.
 Los magistrados resolvieron también un segundo incidente de inejecución de sentencia que promovieron los priístas de Taxco, María de los Angeles Peña Giles y Rubén Trujillo Peña, en contra de la Comisión Estatal de Procesos Internos del PRI, en cuya sentencia le ordenaron al órgano intrapartidario que este jueves a las 14 horas le entregue la constancia de mayoría a los actores como delegados del PRI en Taxco, y que de no hacerlo se le impondrá una multa económica de mil salarios mínimos equivalentes 59 mil 80 pesos.
En la sentencia, la Sala de Segunda Instancia vinculó al dirigente estatal del PRI o a quien comisione legalmente, para que en su caso sustituya al presidente de la referida comisión y se lleve a cabo la resolución incidental; ordenó que se haga el desglose y se de vista a la Procuraduría General de Justicia del estado para que proceda en términos del desacato en que incurra, y que de vista al Comité Ejecutivo Nacional priísta para que inicie los procedimientos que correspondan por el incumplimiento.
El órgano jurisdiccional estableció en la resolución que en caso de desacato, los magistrados de la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral les tomará la protesta a los actores con todas las facultades inherentes al cargo.

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