viernes, 4 de mayo de 2012

PRIMERA PLANA

Ordena el TEE al PRI a
resolver inconformidad


Los magistrados de la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado (TEE), ordenaron a la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional, resolver en un término de 72 horas 2 recursos de inconformidad promovidos por 2 de sus militantes; también desecharon por quedar sin materia otros 2 juicios electorales ciudadanos; y ordenaron a la Comisión Nacional de Garantías del PRD que resuelva un recurso de inconformidad, de lo contrario se le impondrá una multa equivalente a 500 salarios mínimos.
Los magistrados electorales resolvieron el juicio electoral ciudadano 041/2012 promovido por Luisa Fernanda Fontova Torreblanca, mediante el cual se inconforma porque la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del PRI ha incurrido en omisión al no resolver un recurso de inconformidad intrapartidario que promovió el 26 de marzo.
La priísta se inconformó porque la referida comisión, no ha resuelto la impugnación que presentó en contra del proyecto del dictamen mediante el cual le negaron su registro como precandidata a diputada por el Cuarto Distrito Electoral con cabecera en Acapulco, para participar en el proceso interno de postulación de candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa realizado por la Comisión Estatal de Procesos Internos del PRI.
Al constatarse la omisión, la Sala de Segunda Instancia del TEE ordenó a la Comisión Estatal de Justicia Partidaria que en el ámbito de su competencia, en un término de 72 horas resuelva el recurso de inconformidad y notifique la resolución que corresponda a la actora.
Asimismo, los magistrados resolvieron el juicio electoral ciudadano 040/2012 promovido por Saúl Nava Astudillo y María de Jesús Astudillo González, por la omisión en que ha incurrido la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del PRI, de resolver el juicio de nulidad que por escrito promovieron el 2 de abril de este año, a través del cual controvirtieron la Convención de Delegados celebrada en Tixtla el 31 de marzo, así como el nombramiento de delegado de Alberto Serna Magollón.
El juicio fue declarado fundado, toda vez que el artículo 69 del Reglamento de Medios de Impugnación del PRI, establece que los juicios de nulidad deben ser resueltos dentro de las 72 horas siguientes después de su admisión, y el juicio de nulidad fue presentado el 19 de abril, por lo que los magistrados dieron un plazo de 72 horas al órgano intrapartidista para que lo resuelva, y que notifique la resolución que emita a los actores.
En la sesión de resolución, la Sala de Segunda Instancia del TEE desechó por improcedente el juicio electoral ciudadano 049/2012 que promovieron María del Rosario Martínez Mandujano, y Jacqueline Alicia Zepeda Quiroz al quedar sin materia, al confirmarse que la Comisión Nacional de Garantías del PRD resolvió en tiempo y forma el medio de impugnación que las actoras presentaron.
Los magistrados electorales también desecharon por improcedente al quedar sin materia, el juicio electoral ciudadano 043/2012 promovido por Amalia Román Flores, al confirmarse mediante un informe circunstanciado que emitió la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del PRI, que la actora no cumplió en los plazos establecidos con requerimientos partidistas, a pesar de que fue apercibida que de incumplir se le tendría por no interpuesto el medio impugnativo.
Los magistrados electorales también resolvieron el juicio electoral ciudadano 036/2012 promovido por Fidel Luis Solano, en contra de la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática, a la que acusó de incurrir en omisión al no resolver el recurso de inconformidad que interpuso el 30 de marzo de este año, derivado del procedimiento de elección de candidatos a presidente municipal de Cochoapa el Grande.
Al constatarse en autos que el órgano intrapartidista no ha resuelto el recurso de inconformidad, la Sala de Segunda Instancia del TEE le ordenó que en un plazo de 72 horas contadas a partir de la notificación lo resuelva con plena jurisdicción, y que notifique el fallo al actor en un plazo de 24 horas, con la advertencia de que si incurre en rebeldía se le impondrá una multa equivalente a 500 salarios mínimos vigentes en Chilpancingo.

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