miércoles, 1 de agosto de 2012

NOTA

Contra la impunidad
militar, exigen ONG’s

CIUDAD DE MEXICO. (Prensa-Tlachinollan).—En el marco de la discusión que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que iniciará mañana 2 de agosto sobre más de 30 casos relacionados con el fuero militar, entre los que se encuentra el Amparo en Revisión 133/2012 referente al caso del indígena naua Bonfilio Rubio Villegas, ejecutado extrajudicialmente en un reten militar en el estado de Guerrero por elementos del Ejército Mexicano en 2009, organizaciones internacionales de derechos humanos así como universidades internacionales presentaron a la SCJN diversos escritos en calidad de Amicus Curiae con relación a los límites del f
uero militar establecidos en los estándares internacionales en materia de derechos humanos y justicia militar.
Los escritos presentados a la SCJN tienen el propósito de ofrecer elementos de análisis en torno a los límites que el derecho internacional de los derechos humanos impone al fuero militar; así como presentar consideraciones sobre la incompatibilidad del artículo 57 del Código de Justicia Militar con las obligaciones que se desprenden de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Los Amici Curiae fueron realizados por la Comisión Internacional de Juristas (Suiza); la Clínica Internacional de Derechos Humanos y Resolución de Conflictos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Stanford, (Estados Unidos); la Clínica Internacional de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Harvard (Estados Unidos); la Comisión Colombiana de Juristas (Colombia); Instituto de Defensa Legal (Perú); y el Centro de Estudios Legales y Sociales (Argentina) en coordinación con el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez en México. La participación ante el Máximo Tribunal de las diversas organizaciones e instituciones académicas se debe al interés público de la inminente resolución, en particular porque la SCJN tiene en sus manos la posibilidad de establecer jurisprudencia obligatoria sobre los límites del fuero castrense, a partir de la discusión y resolución de los casos entre los cuales se encuentra el juicio de amparo promovido por los familiares de Bonfilio Rubio Villegas.
Cabe recordar que a pesar de lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorIDH) en sus sentencias contra México en los casos Rosendo Radilla, Inés Fernández, Valentina Rosendo y Campesinos Ecologistas; y no obstante lo resuelto por la propia SCJN dentro del expediente Varios 912/2010 relativo al caso Rosendo Radilla, en la actualidad la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) sigue investigando y juzgando casos relacionados con violaciones a derechos humanos cometidas contra civiles.
El caso de Bonfilio Rubio Villegas es paradigmático de esta situación. El 2 de diciembre de 2011, en una histórica sentencia la Justicia Federal concedió el amparo a los familiares de Bonfilio Rubio Villegas, quienes habían impugnado la inconstitucional extensión del fuero militar, la SEDENA, en representación de Felipe Calderón, impugnó la sentencia que le obligaba a declinar competencia para que las investigaciones de la ejecución de Bonfilio Rubio Villegas se trasladaran al fuero civil, evidenciando con ello un abierto desacato a sus obligaciones internacionales.
 Entre otras consideraciones, la SEDENA argumentó que lo resuelto por la SCJN en el Varios 912/2010 no le era vinculante, como tampoco lo eran las sentencias de la Corte Interamericana. Ante esta situación, el caso llegó hasta la SCJN.
De ahí que sea de interés público que en el amparo en revisión 133/2012 se confirme la sentencia dictada por el Juez de Amparo a favor de los familiares de Bonfilio Rubio Villegas a efecto de que por primera vez en un caso contencioso se reitere y robustezca lo concluido por la SCJN en el expediente Varios 912/2010 sobre el caso de Rosendo Radilla, y que el resto de los casos que hoy se encuentran ante la SCJN confirmen la restricción del fuero militar.
El Máximo Tribunal en México tiene la oportunidad histórica de sentar jurisprudencia vinculante acorde con las obligaciones internacionales del Estado mexicano derivadas de las sentencias dictadas por la CoIDH, en las que se establece la necesidad de restringir la extensión del fuero militar. Además, está obligado a ser congruente con sus propios fallos precedentes.
Dada la relevancia de la discusión, las organizaciones y los académicos seguirán atentamente la discusión que está por iniciar. También, las víctimas y sus representantes acudirán al propio Tribunal para presenciar las discusiones e impulsarán, en los próximos días, diversas acciones para contribuir a que el debate que comenzará en el Pleno culmine con la restricción del fuero militar y zanje de una vez por todas esta grave omisión de las obligaciones del Estado.

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