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Recortar el plazo para
entregar PDM, plantean

(Prensa-Congreso).--Con las reformas a la Ley Orgánica del Municipio Libre, que presentaron los legisladores, los presidentes municipales deberán expedir, a más tardar el 28 de diciembre del año en que entren en funciones, el Plan de Desarrollo del Municipio y no en el mes de febrero.

De acuerdo al dictamen emitido por la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación, derivado de una iniciativa que presentó el diputado Ricardo Taja Martínez, se señala que dichas reformas propiciarán el buen funcionamiento y fortalecimiento del municipio.
Asimismo, la reforma permitirá el alcance de un desarrollo integral, de competencias y facultades, en bases jurídicas primordiales que ayudará a las actividades políticas, económicas, sociales y culturales de la sociedad y sobre todo del mejoramiento en la administración de los municipios.
De esta manera, con las reformas al artículo 38 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado se regulariza el término de entrega de los planes de trabajo para el trienio ya que anteriormente se establecía que la fecha para expedirlo era a más tardar el 28 de febrero. 

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