BOLETIN

Establece Constitución
límites en las campañas

(Prensa-Congreso).--La Constitución Política del estado establece plazos fijos del tiempo que deben durar las campañas para elegir gobernador, diputados y ayuntamientos.

En un apartado que se agregó se señala que la duración de la campaña para elegir gobernador del Estado tendrá un máximo de noventa días, la de diputados locales setenta y para ayuntamientos cuarenta.
 Asimismo, se especifica que las precampañas de los partidos políticos para la selección interna de candidatos, y en ningún caso podrán durar más de dos terceras partes de las respectivas campañas electorales.
En relación a la propaganda se menciona que ninguna persona física o moral, a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratarla en radio y televisión, dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de los partidos políticos o determinadas candidaturas o precandidaturas a puestos de elección popular.
Refiere también que durante las campañas electorales y hasta que concluya la jornada  electoral se suspenderá la difusión en los medios de comunicación pública o social de toda propaganda gubernamental de los tres órdenes de gobierno, así como de los órganos autónomos y con autonomía técnica.  

Comentarios

Entradas populares de este blog

Sacados 3 del "Bar Bar" tirados al río Huacapa

𝗥𝗲𝗰𝗼𝗻𝗼𝗰𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗮 𝗗𝗮𝗻𝘁𝗲 𝗙𝗶𝗴𝘂𝗲𝗿𝗼𝗮 𝗚𝗮𝗹𝗲𝗮𝗻𝗮 𝗲𝗴𝗿𝗲𝘀𝗮𝗱𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝗜𝗣𝗡, 𝗼𝗿𝗶𝗴𝗶𝗻𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗱𝗲 𝗖𝗼𝗽𝗮𝗹𝗮, 𝗚𝗿𝗼.

𝗖𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝗻𝗮𝘁𝗮𝗹𝗶𝗰𝗶𝗼 𝗱𝗲 𝗖𝗼𝗵𝗶𝗻𝘁𝗮 𝗚𝘂𝗲𝗿𝗿𝗲𝗿𝗼 𝗔𝗽𝗮𝗿𝗶𝗰𝗶𝗼