jueves, 5 de marzo de 2015

ARTICULO

Por un ejecutivo
 estatal fuerte

Efraín Flores Maldonado* 



Cuando se constituye el estado de Guerrero un 27 de Octubre de 1849, el gobierno central designa gobernador provisional al general Juan Álvarez. La naciente entidad necesitaba desde luego la presencia de un hombre fuerte en todos los sentidos de la palabra. Quedaba atrás el esfuerzo histórico de Morelos
quien había constituido la provincia de Técpan y en 1841 la propuesta para crear un departamento en el sur con el nombre de Acapulco. El nuevo estado debía surgir con todas las posibilidades para estructurarse y desarrollarse plenamente. Por eso el Hombre clave fue don Juan Álvarez. Quien además de fuerza armada disponía de una fuerza social legitima que le permitiría iniciar la función social de la nueva entidad. El 16 de Marzo de 1850 se promulgo en Iguala de Iturbide nuestra Ley Orgánica Provisional para el arreglo interior de estado de Guerrero, la que en su Artículo 13 establece 23 facultades y obligaciones del Gobernador, entre las que destacan las siguientes, cumplir y hacer cumplir las leyes…, cuidar que la justicia se administre pronta y cumplidamente…, proveer la seguridad de los caminos y conservar el orden de las poblaciones…, hacer que todos los pueblos se erijan escuelas de primeras letras y otros establecimientos de instrucción…, cuidar que las elecciones populares se verifiquen…, dirigir la hacienda pública y su administración…, cuidar de la buena administración de los fondos Municipales…,y finalmente dispone en su Artículo 14 que “ el Gobernador residirá en la capital de Estado” y deberá jurar ante Dios guardar y hacer guardar la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes particulares de este y cumplir fielmente las obligaciones de su encargo. Como podemos observar las obligaciones Políticas y Administrativas primigenias del poder ejecutivo en Génesis son del más elevado interés para la sociedad de ese tiempo y lo siguen siendo para los que vivimos ahora en el sur. Son tan significativas las funciones permanentes del poder Ejecutivo que entonces y hoy debe ser el propósito general de la ciudadanía el tener en las estructuras del poder Estatal a un Gobernador lo más fuerte posible para que pueda poner en operación la maquinaria estatal y ser el hontanar del que emanen la felicidad y el bienestar de los Guerrerenses. El 16 de Noviembre de 1850 un grupo de diputados locales encabezados por los constituyentes cid del prado y quiñones hicieron llegar al congreso un primer proyecto de constitución para la entidad, que en su Artículo 62 deposita el poder ejecutivo en un ciudadano…, que se denominara Gobernador del Estado y en su Artículo 67 le asigna 13 facultades , similares a las determinadas por la ley Orgánica provisional, destacándose su autoridad para decidir gubernativamente, sin pleito no contienda de juicio en todo lo que ocurra con relación en las elecciones de ayuntamientos. Un Artículo más, el 68 le otorga 9 obligaciones entre las que destaca armar a la Guardia Nacional del Estado y procurar su capacitación e instrucción, y al igual que en la ley provisional para el arreglo interior del estado, se propone que dure en el cargo por 4 años. El 25 de Noviembre de 1850 se presenta un segundo proyecto de constitución firmado por los diputados Ignacio Castañón y José María Añorve de Salas y en el mismo, en su artículo 56, se reiteran sus facultades y obligaciones, agregando su obligación de visitar las oficinas de hacienda y los establecimientos públicos del Estado así como enviar al congreso a su secretario u orador para que exponga razones y argumentos de la actividad del Gobierno Estatal. Ese proyecto sugiere en su Artículo 52 que el Ejecutivo Estatal se desempeñe solamente por 2 Años, como venía sucediendo en otros Estado como Yucatán. Como podemos observar las funciones de un Gobernador, incluido el de Guerrero, Históricamente han sido importantes y determinantes para el desarrollo integral de un Estado. Por ello más allá de problematizar la funcionabilidad del ejecutivo estatal, los actores políticos que luchan por el poder en el marco de la ley, invariablemente deben interesarse por el fortalecimiento de su función. Es pernicioso y estúpido observar que en una situación tan compleja como la que se encuentra el estado de guerrero algunos elementos de la vida política del estado protestan sin propuestas; agreden a las instituciones públicas que también están a su servicio y se proponen el procesamiento de problemáticas insolubles para justificar su permanente rebelión. En Guerrero el Gobernador Rogelio Ortega debe ser visto por todos como parte de la solución a los problemas que nos agobian. Su persona no tiene intereses propios contrarios al bien común. Su función es institucional y su formación académica e ideología lo ubican como el actor político más legitimado para procurar soluciones a los problemas de estado que la constitución le faculta y mandata. En síntesis ayer y hoy necesitamos un Gobernador fuerte social y jurídicamente. Más que atacar a Rogelio Ortega, todos debemos apoyarlo para el pleno desempeño de su función política que debe beneficiar a la sociedad Guerrerense. Es todo.

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