BOLETÍN

Aprueban diputados Ley
para protección cultural
El Congreso local aprobó la creación de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural del Estado y los Municipios del Estado de Guerrero, que establece las bases para la conservación, restauración, rescate, uso y difusión del patrimonio cultural, natural y mixto.
El dictamen elaborado por las Comisiones Unidas de Cultura y de Recursos Naturales, Desarrollo Sustentable y Cambio Climático, contempla regular la propiedades con acervo cultural para su preservación, así como la declaración de utilidad pública del patrimonio cultural, natural y mixto del estado y sus municipios, para cumplir lo establecido en la
Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas, la Ley General de Bienes Nacionales y los Tratados Internacionales.
También considera como patrimonio cultural del estado y los municipios todo lugar de la naturaleza estrictamente delimitado que tenga un valor excepcional desde el punto de vista de la ciencia, con relevancia arqueológica, histórica, artística, estética, etnológica, antropológica, paleontológica, tradicional, arquitectónica, científica, tecnológica, lingüística o intelectual.
Para garantizar el mantenimiento de la estructura urbana y arquitectónica de una zona protegida, esta ley no permite modificaciones de alineaciones, alteraciones en la edificabilidad, parcelaciones ni agregaciones de inmuebles, excepto que contribuyan a la conservación general del carácter del conjunto.
En lo que respecta a las zonas de monumentos arqueológicos, históricos, artísticos o naturales con declaratoria federal, serán objeto de un régimen de protección para su protección, preservación y difusión.
Los sujetos obligados en el ejercicio de sus atribuciones que velarán por el cumplimiento y coadyuvarán en dicha ley, serán los tres órdenes de gobierno, Ayuntamientos o Consejos Consultivos Municipales, la Comisión de los Derechos Humanos del Estado, las Secretarías de Cultura, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Finanzas y Administración, de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ordenamiento Territorial, de Educación Guerrero, de Fomento y Desarrollo Económico, entre otras.
La Ley para la Protección del Patrimonio Cultural y Natural del Estado y los Municipios del Estado de Guerrero deberá contemplarse en el Presupuesto de Egresos del Estado, para que sea destinado y contemplado en planeación anual, los recursos para el desarrollo de políticas, estrategias y acciones para la investigación, protección, conservación, fomento y difusión de los bienes, zonas y sitios patrimonio cultural en el estado.

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