jueves, 8 de junio de 2017

BOLETÍN

IEPC:Lineamientos para
registros de candidatos
Durante el desarrollo de la Décima Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPC Guerrero), se aprobaron los Lineamientos para el registro de candidatas y candidatos y el calendario del Proceso Electoral Ordinario de Diputados Locales y Ayuntamientos 2017-2018.
Los Lineamientos para el registro de candidatos
tienen por objeto establecer las reglas a que se sujetará el registro de candidatos a Diputados e integrantes de Ayuntamientos para el Proceso Electoral Local 2017-2018, en ellos se especifican las Reglas generales, los Plazos y órganos competentes para el registro de candidatos, Requisitos y formalidades que deben cumplir los candidatos, Reglas especiales para candidatos a diputados e integrantes de ayuntamientos de elección consecutiva, Reglas especiales para el registro de candidaturas comunes, Elección consecutiva en candidaturas independientes, Procedimiento de registro y, finalmente, especificaciones acerca del Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos, así como de los Aspirantes y Candidatos Independientes.
Asimismo se aprobó el calendario del Proceso Electoral Ordinario de Diputados Locales y Ayuntamientos 2017-2018 y el ajuste de las fechas y los plazos establecidos en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, para la presentación de las solicitudes de registro de convenios de coalición y de candidaturas comunes, así como el plazo para la aprobación de los registros de candidatos.
Fueron modificados los plazos establecidos en la legislación electoral local para el registro de coaliciones lo que se hace extensivo a las candidaturas comunes, dado que ambas figuras persiguen los mismos objetivos y por tanto la regulación respecto de los plazos para presentar solicitudes debe darse en los mismos términos; así, los plazos establecidos para el registro de convenio de coalición y de candidatura común serán de la fecha en que inicie el proceso electoral y hasta el inicio del periodo de las precampañas.
De igual forma se modificó el plazo para la aprobación del registro de candidatos y fijarlo en fecha posterior, con la finalidad de que el periodo de campañas se inicie a partir del día siguiente al de la aprobación correspondiente, se desarrollen conforme a los periodos de duración establecidos en la Constitución local y todas concluyan tres días antes de la jornada electoral.

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