ARTÍCULO

El concepto absoluto
 de Constitución
Efraín Flores Maldonado
“Si se quiere llegar a una inteligencia, hay que limitar la palabra “Constitución… a Constitución del Estado”. Carl Schmitt.
Carl Schmitt nació en Alemania en 1888 y a los 96 años de edad, murió en su ciudad natal Plettenbergen en 1985. Abogado, filosofo jurídico y politólogo. Fue un destacado profesor en las universidades de Múnich, Bon, Colonia, Greifswald y en la Humboldt de Berlín. Autor de famo
sos y controvertidos textos, entre otros…la Dictadura…teología política (en dos tomos)… teoría de la constitución… el concepto de lo político…y en 1982, El Concepto Absoluto de Constitución… Schmitt fue un militante tenaz del Partido Nacional Socialista; sus obras inspiraron ideas y actitudes fundamentales de Adolfo Hitler. En “el concepto de lo político” aboga por un poder absoluto…sin fronteras, afirmando que en todas partes y siempre, el poder superior es el que define “quien es amigo y quien es enemigo”. Que tal cualidad determina “lo político”. Penetrando en el tema de esta entrega, veremos las ideas fundamentales de Schmitt para conocer “el concepto absoluto de constitución” que tenía en su mente, formación jurídica y totalitaria visión política. Los textos constitucionales en cualquier ideología, deben significar “la unidad política de un pueblo”, lo que justifica y define la forma especial y concreta “en que un Estado existe”. El autor admite que un texto constitucional, no es prueba de una realidad total existente, sino también de una realidad pensada, “permanentemente ideal”. Por ello su concepto de constitución es absoluto, al definir un todo “verdadero y pensado”. Derivada de esta constitución absoluta, cada ley constitucional que de ella emana, dibuja “un concepto relativo”, para regular y ordenar áreas focales de una realidad social existente. Así, quienes definen a la constitución como “ley fundamental”, están advirtiendo que es algo “políticamente importante” y por ello, deber ser absolutamente “inviolable”. Lo absoluto de la constitución se justifica, defiende y sanciona su violación, porque es y representa la manera concreta de ser de la realidad política existente y del orden social proyectado. Por ello, toda constitución contiene y define “instancias decisorias competentes para casos críticos de conflictos de intereses particulares y entre poderes del orden público”; siendo absoluta, una constitución propicia en la sociedad “su unidad y ordenación”. Así, el texto constitucional, es también “forma de gobierno… forma de formas… fuerza y energía… texto que impone orden y obediencia”. En síntesis, la constitución es y debe ser absoluta, porque significa “el alma y la vida social e individual”. Eso y más dice Carl Schmitt, espero que haya sido de su agrado. Maestría en Derecho Constitucional UNAM.

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