NOTA

Ni la Corte puede revocar
la Comisión de la Verdad
Ningún tribunal en el país, incluida la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), puede dar marcha atrás a la orden de crear una Comisión de la Verdad por el caso de la desaparición forzada de 43 estudiantes de Ayotzinapa, Guerrero, aclaró este jueves el Primer Tribunal Colegiado del Déci
mo Circuito de Tamaulipas, quien emitió la sentencia.
El tribunal desechó, “por notoriamente improcedentes”, recursos de revisión extraordinaria  interpuestos por el presidente Enrique Peña Nieto, así como por dependencias federales como la Marina y Gobernación contra la resolución emitida en junio pasado.
El tribunal se basó en el artículo 107 de la Constitución, el cual señala que “las sentencias pronunciadas por los Tribunales Colegiados de Circuito al resolver el recurso de revisión no admitirán recurso alguno; por ello, ningún tribunal, incluida la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tiene facultades para modificarlas y menos para revocarlas”.
De acuerdo con el fallo, al tratarse de una sentencia definitiva e inatacable que adquiere calidad de “cosa juzgada”, resultan improcedentes las quejas contra ella.
Apenas el pasado 9 de julio, el propio ministro presidente de la Suprema Corte, Luis María Aguilar, determinó que la institución carece de competencia para conocer las quejas interpuestas por la Procuraduría General de la República (PGR), contra la creación de una Comisión para la Verdad sobre el caso Ayotzinapa. (animalpolitico.com).

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