miércoles, 8 de agosto de 2018

COLUMNA

De Frente
Miguel Ángel Mata Mata
Guerrero, Federalismo y centralismo
    Guardaos de los falsos profetas,
    que vienen a vosotros con vestidos de ovejas,
    pero por dentro son lobos rapaces.
    Por sus frutos los conoceréis.
    Mateo 7:15-20
En el siglo diecinueve, en una de las siete leyes emitidas por los conservadores centralistas de México se estableció que: El centralismo mantenía la división de poderes, pero creaba uno nuevo: el Supremo
Poder Conservador.
Los estados se convertirían en departamentos y los gobernadores eran nombrados por el preside
nte de una terna enviada por las juntas departamentales de solo 7 miembros.
Para fortalecer al gobierno nacional se le daba el control de todo el presupuesto de la República.
ESO FUE EN EL SIGLO 19 Y HOY…
El programa de Austeridad Republicana del virtual presidente electo Andrés Manuel López Obrador, plantea la creación de los Delegados Únicos, quienes serán enlace con los gobernadores y responderán directamente al Presidente de México.
La mayoría de quienes ya han sido designados por el virtual presidente de México, son muy cercanos a él, no tendrán contra pesos y solo serán destituidos cuando así lo considere el futuro Presidente de México.
La decisión ha provocado polémica. Ya se les llama vicegobernadores, o futuros gobernadores, impulsados por el Movimiento de Regeneración Nacional, partido que los impondría luego de una decisión tomada desde el centro, por el Supremo Poder Absoluto del presidente.
A las críticas, Andrés Manuel López Obrador ha respondido:
 “Yo no sé por qué les preocupa si ya no se van a entender con tantos, sólo va a ser un delegado del gobierno federal en cada estado. Y es una facultad del Ejecutivo, no requerimos modificar ninguna ley. Yo tengo esa facultad y la voy a ejercer”, señaló.
¿QUÉ COSA ES FEDERALISMO?
Es un sistema político en el cual las funciones del gobierno están repartidas entre un grupo de Estados asociados, en primer lugar, que luego delegan competencias a un Estado federal central.
Como afirma Luis Medina, («Federalismo mexicano para principiantes». Documentos de trabajo del CIDE) ​ el federalismo mexicano tiene razones y raíces que se remontan a la evolución social, económica y política de la Colonia y que fraguaron en los últimos años de ésta y los primeros años de la vida independiente del país.
Después de la independencia, la pretensión de Agustín de Iturbide de centralizar el poder con base en la monarquía se topó con la militante resistencia de las provincias a ceder autoridad política.
El triunfo del Plan de Casa Mata, al que se adhirieron las élites provincianas, significó la confirmación en los hechos de los poderes regionales, espíritu con el cual las provincias enviarían sus diputados al congreso constituyente de 1824.
El arreglo federal de 1824 produjo una doble relación asimétrica, por un lado federación débil-estados fuertes y, por otro, poder ejecutivo limitado-congreso fuerte.
¿Y QUÉ COSA ES EL CENTRALISMO?
Un estado centralizado es aquél en el que sólo el gobierno central tiene el poder de tomar decisiones políticas. En esta forma de gobierno, el gobierno central asume competencias ante los estados federados. Entre los motivos de esta centralización podemos contar:
La necesidad que tienen los estados de dar servicios a sus ciudadanos que económicamente los territorios federados por sí solos no pueden por falta de fondos.
La necesidad de grandes cantidades de inversiones que exigen un gran porcentaje de recursos, materiales económicos y humanos que colapsarían los territorios federados.
La necesidad de hacer una planificación central.
Hay tres clases de centralismo:
Centralismo puro: se da en los Estados unitarios políticamente y administrativamente centralizados, también llamados Estados centralistas. Ejemplo: Mónaco.
Centralismo con descentralización administrativa: se da en los Estados unitarios políticamente centralizados y administrativamente descentralizados. Ejemplo: Francia.
Centralismo con descentralización política y administrativa: se da en los Estados federales centralizados. Ejemplos: Austria, México, la India y Venezuela.
​LA HISTORIA DE AMBAS CORRIENTES EN MÉXICO
Debido al caos político y contienda, después de que los conservadores asesinaran a Vicente Guerrero, el continuo debate entre federalistas y centralistas aun después de proclamada la Constitución de 1824 y las diversas sublevaciones provocadas por las reformas liberales expedidas por Valentín Gómez Farías, los conservadores iniciaron acciones para disolver la federación, imponer una república centralista y cancelar las reformas realizadas bajo el mandato de Gómez Farías.
Las Leyes Constitucionales de la República Mexicana, mejor conocidas como las Siete Leyes, fueron una serie de leyes de carácter constitucional que sustituyeron a la Constitución de 1824.
1) La primera ley se refería a los derechos y deberes de los ciudadanos y establecía la obligación de la religión católica.
2) La segunda creó el Supremo Poder Conservador el cual podía declarar la incapacidad física o moral de cualquiera de los tres poderes de la República (ejecutivo, legislativo y judicial).
3) Las 3a. 4a. y 5a leyes organizaban los poderes de la Unión, fijando los procedimientos de su elección y sus atribuciones.
4) La sexta ley establecía la división del territorio en Departamentos, y la supresión de legislaturas locales, las cuales serían sustituidas por juntas departamentales.
5) La séptima ley señalaba que por ningún motivo las leyes constitucionales podían ser modificadas durante un espacio de tres años.
El centralismo era liberal; mantenía la división de poderes, pero creaba uno nuevo: el Supremo Poder Conservador; el Ejecutivo mantenía su debilidad, ahora sin vicepresidencia, pero su cargo se extendía a ocho años; los estados se convertirían en departamentos y los gobernadores eran nombrados por el presidente de una terna enviada por las juntas departamentales de solo 7 miembros.
Para fortalecer al gobierno nacional se le daba el control de todo el presupuesto de la República. Se estableció el voto censitario; es decir, solo votarían y serían votados quienes tuvieran propiedades o capital. («Mexico’s governmental structure is a centralized federal system, which is defined by the Federal Constitution»).​
¿QUIÉN GANÓ LA ELECCIÓN?
Mañana miércoles, Andrés Manuel López Obrador recibirá la constancia que le acredita como presidente electo de México. Así lo decidieron una cantidad mayor a treinta millones de mexicanos. De eso no hay duda.
Tanto él, como el resto de los candidatos ganadores en todo el país, han llegado sin compromisos a la vista, como ha sucedido con otros ganadores de elecciones.
Pongamos el caso de Acapulco, donde la magistrada Adela Román ganó por un amplio margen y con casi nulos gastos, según datos del Instituto Estatal Electoral.  Ella no pactó con poderes fácticos ni políticos para ganar la elección.
Alguien ha dicho por ahí que quien invierte en su campaña política para ganar, lo recuperará, y con ganancias, al asumir el poder. ¿Cómo lo recuperan? Tenemos muchos ejemplos.
Eso es una cosa positiva, otra distinta es que ella, como todos los que ganaron la elección encabezados por Andrés Manuel, han sido llamados por el Supremo Poder de MORENA a la ciudad de México.
Tal como decía una de esas siete leyes del siglo diecinueve. Estarán los delegados representantes personales del presidente en cada una de las entidades federativas, como decía otra de esas siete leyes.
Este es un primer aviso. Lo que viene es un gobierno ¿centralista y conservador? ¿O federal y liberal?
Por lo pronto la orden del Poder Supremos, a través de sus delegados o jefes políticos, ha sido clara: nada se decide, incluida la agenda diaria, sin la autorización del Poder Supremo.
QUE CONSTE
Por cierto, durante los casi 11 años que duró la República Centralista:
Nació como entidad federativa el estado de Guerrero, gracias a la conspiración entre Nicolás Bravo y José Joaquín de Herrera.
Se perdió la mitad del territorio mexicano y hubo, al menos, dos intervenciones militarizadas extranjeras.
Comentarios al autor: miguelangelmata@yahoo.com.mx 
    @miguelmata63
Disponible en: https://sintesisdeguerrero.com.mx/2018/08/07/de-frente-guerrero-federalismo-y-centralismo/

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Muchas gracias por leer La Crónica, Vespertino de Chilpancingo, Realice su comentario.