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Cochoapa el Grande sin
transparentar obligaciones
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El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Guerrero (ITAIGro), admitió a trámite, una denuncia interpuesta contra el Sujeto Obligado, Ayuntamiento Constitucional de Cochoapa el Grande, por incumplimiento a las obligaciones de transparencia.
Durante la segunda sesión de tipo extraordinaria, el pleno del órgano garante, acordó admitir esta denuncia, por el incumplimiento las obligaciones de Transparencia como lo que establece la Ley 207 de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Guerrero.
De igual forma, los comisionados, Pedro Delfino Arzeta García, Mariana Contreras Soto y Francisco Gonzalo Tapia Gutiérrez, avalaron la admisión de 9 recursos de revisión, dirigidos a igual número de sujetos obligados de los cuales; en uno de los casos se previno al peticionario de información, po
r no haber presentado el acto impugnado, y en otro de los casos se desechó por haber sido impugnado la veracidad de la información proporcionada, como lo marca la fracción V del artículo 176 de la Ley 207 de Transparencia, mientras que siete fueron admitidos para su trámite correspondiente.Durante la segunda sesión de tipo extraordinaria, el pleno del órgano garante, acordó admitir esta denuncia, por el incumplimiento las obligaciones de Transparencia como lo que establece la Ley 207 de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Guerrero.
De igual forma, los comisionados, Pedro Delfino Arzeta García, Mariana Contreras Soto y Francisco Gonzalo Tapia Gutiérrez, avalaron la admisión de 9 recursos de revisión, dirigidos a igual número de sujetos obligados de los cuales; en uno de los casos se previno al peticionario de información, po
Durante esta misma sesión extraordinaria, el pleno del ITAIGro, determino resolver seis proyectos de igual número de recursos de revisión, de los cuales tres fueron desechados debido a que los recurrentes no fueron claros en ni precisos en señalar el acto que recurrieron, y en tres casos más, se sobreseyeron por encuadrar en los supuestos que marca el artículo 177 de la Ley 207 de Transparencia.

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