viernes, 25 de noviembre de 2011

COLABORACIÓN

Procuraduría de justicia:
entre inercias y renovación

La investigación de los delitos por mandato constitucional, corresponde al personal del Ministerio Público y a las policías de competencia. Estas agencias, actuarán bajo la conducción y mandos asignados. En el ejercicio de esta función elevada a rango constitucional, es persecutora de los delitos. Esa misión está consignada en el Artículo 21 de nuestra máxima Carta Magna, y que señala que «compete a este órgano investigador actualmente en esta entidad dar inicio a las averiguaciones previas»
Por cuanto se refiere a los delitos del fuero común, establecer las indagatorias que dan inicio con denuncia interpuesta por cuanto refiere a delitos graves y por querella a petición de parte ofendida.
Cuando una persona es detenida en flagrancia, el sujeto activo del delito y es puesto a disposición del representante social; la autoridad ministerial cuenta con el término de 48 horas para resolver su situación jurídica, pudiéndose duplicar dicho término a 96 horas. Y cuando se esté sea involucrado en la delincuencia organizada, y ante la carencia económica del detenido, el Ministerio Público no cuenta con término legal, para determinar el ejercicio de la acción penal, siendo para este mismo un tiempo justo y razonable. Posteriormente una vez determinada y asignado el número de pedimento penal, su consignación se realiza ante el juez penal en turno.
La labor investigadora del personal del Ministerio Público, en nuestros días cuenta con vicios y deficiencias: carecen de infraestructura necesaria para realizar sus labores de investigación; escasean de vehículos para trasladarse al lugar en donde acontecieron los hechos delictivos, o, a realizar levantamientos cadavéricos. También cuando tienen que tomar declaraciones a pasivos del delito, e inspecciones oculares.
En nuestros días, son los sujetos pasivos y activos del delito, que para la práctica de una diligencia dentro de la indagatoria, son los que proporcionan dichos vehículos a estos servidores públicos. Y es que se conoce que los escasos automóviles con que cuentan en la Procuraduría General de Justicia de la entidad (PGJE), están destinados para directores y subprocuradores, que los destinan para su uso personal, lo que impide contar con una eficiente procuración de justicia.
Desde luego que no omitimos citar los grandes rezagos históricos en averiguaciones previas, provocado por la insuficiencia de personal, que al paso del tiempo ha generado un marco de impunidad para el Indiciado, y hartazgo por parte de la victima del delito.
Es los 18 distritos judiciales de nuestra entidad suriana, existen agencias que son coordinadas por un agente titular del Ministerio Público. Aquí también se detecta la carencia de papelería; gran parte de sus instrumentos de trabajo están inservibles, lo que motiva que el desempeño de sus diligencias sean pésimas.
Ante la carencia de material de oficina, dicho personal ministerial recurre a las víctimas y victimarios; los comprometen a que, los apoyen en la compra de dichos utensilios de oficina,
En razón de que carecen de todo tipo de papelería, postergando con ello la ratificación de querellas y denuncias según resulte el requisito de procedibilidad.
Desde luego existe ineficiencia en la integración y perfeccionamiento de averiguaciones previas, lo que provoca que durante el proceso penal, las y los abogados obtengan la inocencia y libertad de sus clientes, y por ende no se contenga este mal canceroso llamado impunidad.
El actual gobernador Angel Heladio Aguirre Rivero y Alberto López Rosas, éste ultimo procurador de Justicia en el estado de Guerrero, tienen la obligación jurídica de transparentar la función investigadora del Ministerio Público, romper con todas las inercias que impiden dignificar esta ansiada ministración y administración en este renglón.
Hoy, es necesario que el actual procurador pugne por independizar a esta noble institución, de sus usos y costumbres a las que a tenido que recurrir para el esclarecimiento de los delitos, la tortura ya no puede prevalecer como instrumento en las averiguaciones previas, o utilizarla como brazo ejecutor para intimidar y encarcelar a sus opositores políticos, la procuración de justicia no puede asemejarse al mercado cambiario de las altas y bajas de la bolsa de valores, no se debe de mercantilizar esta misma procuración de justicia a favor del victimario. Hoy se requiere que se concreticen en los hechos, y no en simples discursos, la promoción entre sus agentes del Ministerio Público, una cultura de respeto a los derechos humanos.
El actual procurador tiene que enfrentar la realidad, de corrupción e impunidad; que se vive al interior de la procuraduría general de justicia, en verdad se requiere profesionalizar la investigación. No es posible que todavía no contemos con un Código Penal del periodo del profesor Alejandro Cervantes Delgado, el cual fue aprobado por la quincuagésima primera legislatura del congreso del estado, el 13 de mayo de 1986. Urge que el actual gobernador inhiba a la delincuencia y restituya la tranquilidad de las y los guerrerenses, aun cuando existan reformas y adiciones al código adjetivo y sustantivo penal. No resultan suficientes, pues ante sus lagunas de ley, éstas han sido rebasadas en gran parte por la jurisprudencia, resultando obsoleta con nuestro entorno social.
Hoy, las y los guerrerenses reclamamos una procuración de justicia moderna y dinámica, con trámites simplificados y normatividad sencilla, equitativa e imparcial, se requiere incrementar el numero de mesas de tramites, para combatir el rezago histórico que pesa en indagatorias, relativas a homicidios, secuestros, violaciones sin resolverse, ante la falta de se cuente realmente con un instituto de investigación de la política criminal, que egrese de sus filas personal más calificado en la pesquisa.
Como miembros activos de la barra estatal de abogados «Nullum crimen sine lege» expresamos al licenciado Alberto López Rosas que no se puede garantizar una auténtica procuración de justicia, en la ilegalidad, con agentes del ministerio público y policías ministeriales, que recurren a la dádiva de las y los denunciantes y querellantes.
Urge que se revisen los expedientes personales de estos servidores públicos, y sean separados de su cargo en caso de que se les detecten irregularidades en su desempeño. En la integración y perfeccionamiento de averiguaciones previas, o como fiscales adscritos a los diversos órganos jurisdiccionales, que haya dado origen a su amonestación o suspensión de sus funciones como órganos investigadores, ya sea por acción y omisión. De tal manera que el saneamiento es una necesidad jurídica por preservar nuestro orden institucional, que ya no puede prorrogarse.
Opinaron integrantes de la Barra Estatal de Abogados «Nullum Crimen Sine Lege» (La Ley ha sido siempre mi espada y escudo): Rubén Neri González, Fermín Rivera Mellín, José Alberto Alarcón Alonzo, Lizbeth Martínez Soto, Hipólito Marbán Jerónimo, Deodora Gómez Ríos, Jesús Carreto Robles, Margarito Arellano Carrasco, Carlos Pinzón Evangelista, Antonio Olivan Salas, Erasmo Salvador Carrillo, Cupertino Carrasco Oropeza y Lucardo Cortés Hernández.

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