Columna
Resquicio Político Hipólito Marbán (1era parte) ADOPCION DE MATRIMONIOS GEY, LA INCONSTITUCIONALIDAD, EL DEBER SER DE LA LEY DIVINA Y, LA REALIDAD VIVA En un juicio de divorcio voluntario o necesario, cuando el actor o demandante es el padre, y entre las prestaciones que llegase a solicitar al juez, puede ser la convivencia con su menor o menores hijos y/o en su defecto pide la custodia, por las razones de derecho que expone en demanda inicial, el juez familiar emite un acuerdo o auto de radicación, emplazando a la madre y en dicho auto, sin audiencia previa con la demandada, fija una pensión alimenticia provisional a favor de la demandada y está puede ser hasta un cincuenta porciento del salario que perciba el actor, y en dicho acuerdo, determina la custodia de los menores a la demandada, alegando la juez que es la madre, y previendo lógicamente el interés superior del niño, sin embargo en el desarrollo del juicio familiar.